La Acreditación en Alta Calidad en Colombia está unida a la creación del Sistema Nacional de Acreditación (SNA) y del Consejo Nacional de Acreditación (CNA) que tienen su origen en la expedición de la Ley 30 de 1992, la cual organizó el servicio público de la Educación Superior en Colombia y que, entre otros, señala que es un servicio público cultural, inherente a la finalidad social del Estado y, de conformidad con la Constitución Política de Colombia, garantiza la Autonomía Universitaria y vela por la calidad del servicio educativo a través del ejercicio de la suprema inspección y vigilancia de la Educación Superior.
El Acuerdo 02 de 2020 se da a partir de la tradición y los procesos de evaluación de la alta calidad en el país, con el fin de atender tendencias internacionales, la diversidad de instituciones, las distintas modalidades y niveles de los programas académicos, y su armonización con el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
El presente Acuerdo tiene por objeto actualizar el modelo de acreditación en alta calidad para programas académicos e instituciones y promover la alta calidad como atributo necesario de la educación superior, a fin de lograr que estudiantes, profesores, egresados, empleadores, y la sociedad en su conjunto, reconozcan en la acreditación de programas académicos e instituciones una condición distintiva autónoma, nacional e internacional, que atiende el mejoramiento de la calidad de la educación superior, en armonía con las dinámicas sociales, culturales, científicas, tecnológicas y de innovación.
El modelo es regulado por los Principios de Acreditación, que proporcionan un marco de referencia y orienta a las instituciones, pares académicos, Consejo Nacional de Acreditación - CNA y a la comunidad académica en el desarrollo y puesta en práctica de una cultura compartida de alta calidad. Estos principios reguladores son: Idoneidad, Universalidad, Coherencia, Pertinencia, Integridad, Objetividad, Transparencia, Accesibilidad, Diversidad, Inclusión, Equidad, Adaptabilidad, Innovación, Sinergia, Efectividad, Responsabilidad, Sostenibilidad.
El equipo de Autoevaluación con fines de acreditación de alta calidad del programa de Ingeniería de sistemas de la Universidad Popular del Cesar Seccional Aguachica tiene su máxima representación por el Ingeniero Miguel Rincón Pinzón director del departamento de sistemas, seguido por el comité de Autoevaluación del programa y el grupo de cuatro líderes de grupo. Asignados de la siguiente manera:
Comité de Autoevaluación:
Representante de los Docentes: Miguel Alberto Rincón Pinzón.
Representante de los Estudiantes: Jhon Franklin Meneses Quintero.
Representante de los Egresados: Didier Fernando Guerrero Sumalave.
Coordinadora General de los Equipos de Autoevaluación: Yulieth Patricia Galvis Ramos.
Líderes de Equipo:
Líder equipo 1: Docente Carlos Alberto Mejía Rodríguez.
Líder equipo 2: Docente Calletana López Baleta.
Líder equipo 3: Docente Katherine Beleño Caselles.
Líder equipo 4: Docente Yulieth Patricia Galvis Ramos.
Ver acta número 01 del 18 de abril de 2020
Ver Resolución No. 012 del 09 de noviembre de 2020
La ponderación es un ejercicio que busca establecer una valoración diferencial de los factores a evaluar, desde una perspectiva integradora de las miradas de los diversos actores de la Universidad. Esta jerarquización debe hacerse antes de evaluar el desempeño de la Institución o el Programa designado, respecto de cada uno de los elementos. La importancia relativa de los elementos establecidos antes de la evaluación define su incidencia en la calidad global del Programa.
Para este proceso, que involucra el análisis de la importancia relativa de cada uno de los factores y las características que constituyen la base de la discusión, se consideran los indicadores, que son la base para mostrar las evidencias de cómo cada uno de ellos incide en el buen desarrollo de la calidad de la educación y con qué intensidad. Por ello, uno de los problemas que deben ser resueltos consiste en determinar en qué medida intervienen, puesto que no se trata de factores medibles; tal incidencia debe ser determinada de manera subjetiva, apelando a la experiencia de un grupo de expertos (Comité institucional de autoevaluación del programa) y las vivencias en los diferentes estamentos universitarios.
Por tanto, se requiere del análisis crítico de los elementos involucrados, y aunque no es posible eliminar del todo la subjetividad en los juicios, sí se puede ejercer un control crítico mediante el contraste de opiniones argumentadas. Por ello, es necesario que la elaboración del sistema de ponderación sea un proceso participativo en el que el juicio debe resultar de un consenso.